
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El diputado del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Elías Wessin Chávez, reintrodujo el proyecto de ley que busca prevenir el extremismo religioso en República Dominicana, mediante restricciones a la construcción y funcionamiento de mezquitas y la prohibición de introducir o aplicar normas de la sharía que contradigan la Constitución y las leyes nacionales.
La iniciativa establece medidas de registro, supervisión, prohibiciones y sanciones para personas y organizaciones que desarrollen actividades religiosas, culturales, educativas o ideológicas en el territorio dominicano.
El proyecto plantea como objetivo preservar la seguridad nacional, el orden constitucional y la identidad cultural dominicana, bajo el argumento de prevenir la imposición de normas religiosas que puedan entrar en conflicto con el ordenamiento jurídico del país.
Uno de los puntos más controversiales la prohibición de construcción y funcionamiento de mezquitas, al considerar que podrían propiciar la colonización ideológica y la imposición de normas religiosas extremistas.
Sin embargo, el artículo 11 de la normativa legislativa delimita la prohibición a las mezquitas cuya finalidad principal sea la colonización ideológica o la imposición de normas religiosas externas, una diferencia que podría convertirse en uno de los aspectos centrales de la discusión.
La propuesta contempla una excepción para las mezquitas y los lugares de culto islámico que hayan sido construidos y operen legalmente antes de la eventual aprobación de la ley. Estos podrían continuar sus actividades, aunque quedarían sujetos a la supervisión de los organismos de seguridad interior e inteligencia del Estado.
Registro y vigilancia de organizaciones
El proyecto también establece que las organizaciones religiosas y culturales que operen en el país deberán registrarse ante el Ministerio de Interior y Policía, indicando su origen, objetivos, fuentes de financiamiento y lugares de reunión.
Asimismo, otorga a esa institución, en coordinación con el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) y el Ministerio de Cultura, facultades para inspeccionar e intervenir en actividades cuando existan indicios razonables de promoción de ideologías extremistas o contrarias al orden constitucional.
La iniciativa prohíbe, además, utilizar instituciones religiosas, culturales o educativas para promover la violencia, el odio religioso o el adoctrinamiento político extremista.
Multas y clausura inmediata
En materia de sanciones, el proyecto contempla multas equivalentes al doble del valor de la inversión realizada en la construcción o mantenimiento del establecimiento, así como su clausura inmediata.
También establece la posibilidad de imponer sanciones penales individuales o colectivas, conforme al Código Penal y las leyes antiterroristas.
Otro aspecto de la propuesta es la creación de un Consejo Nacional para la Prevención del Extremismo Religioso e Ideológico, cuya función sería coordinar la aplicación de las disposiciones contempladas en la futura legislación.
El pliego también faculta al Estado para suspender o restringir relaciones con entidades extranjeras que financien o respalden actividades prohibidas por la ley, siempre de conformidad con los tratados internacionales y el principio de reciprocidad.
Aunque la iniciativa sostiene que busca proteger la libertad religiosa pacífica y prevenir prácticas coercitivas, sus disposiciones podrían generar un debate sobre los límites de la intervención estatal en el ejercicio colectivo de la religión.
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