La disposición, firmada por el contralor general Geraldo Espinosa.
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.– La Contraloría General de la República emitió la Circular IN-CGR-CIR-2026-0005, una nueva normativa que establece los lineamientos técnicos para regular el registro, la trazabilidad, la transparencia y la gestión financiera de las cesiones de contratos de obras, bienes y servicios suscritos por las instituciones del Estado.
La disposición, firmada por el contralor general Geraldo Espinosa, entrará en vigor el 6 de julio de 2026 y será de cumplimiento obligatorio para ministerios, direcciones generales, instituciones descentralizadas, organismos autónomos y entidades de la Seguridad Social comprendidas en la Ley núm. 10-07.
La medida responde a las disposiciones incorporadas en la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas, con el objetivo de unificar los procedimientos relacionados con las cesiones contractuales, fortalecer la consistencia de los registros financieros y garantizar una mayor transparencia en la administración de los recursos públicos.
Contrato tripartito garantizará responsabilidades
Espinosa explicó que uno de los principales cambios introducidos por la circular es la implementación de un contrato tripartito, mediante el cual el Estado, el contratista original (cedente) y el nuevo beneficiario (cesionario) asumirán responsabilidades solidarias durante el proceso de cesión.
El funcionario afirmó que esta disposición permitirá que cada operación pueda ser supervisada desde su origen hasta su conclusión, bajo criterios técnicos claramente definidos y con mecanismos de seguimiento más rigurosos.
Cesionario deberá cumplir los mismos requisitos
La normativa establece que la institución contratante deberá verificar previamente que el cesionario reúna las mismas condiciones técnicas, legales y financieras exigidas durante la adjudicación original del contrato.
Además, será obligatorio que el nuevo beneficiario esté debidamente registrado en el Sistema Integrado de Gestión Financiera (Sigef) antes de autorizar cualquier transferencia contractual.
Cesiones solo en casos excepcionales
La circular dispone que las cesiones únicamente podrán realizarse en los casos permitidos por el artículo 151 de la Ley núm. 47-25, el cual limita este procedimiento a situaciones excepcionales y de interés público.
Asimismo, exige la elaboración de un informe técnico que justifique la cesión y detalle tanto el estado financiero como el avance físico del contrato antes de recibir la autorización correspondiente.
Mayor control sobre registros y pagos
Como parte de los nuevos mecanismos de fiscalización, todas las cesiones deberán registrarse mediante una adenda al contrato original dentro del Sistema Trámite Regular Estructurado (TRE Contrato).
El procedimiento permitirá identificar los montos cedidos, los balances pendientes, las garantías vigentes y las responsabilidades asumidas por cada una de las partes involucradas.
De igual forma, los libramientos de pago deberán registrarse en el Sigef a nombre del beneficiario correspondiente, preservando la integridad y la trazabilidad de la información financiera.
Garantías y vigencia de la normativa
La circular también autoriza la suscripción de adendas individuales con el cedente y el cesionario, siempre que se respeten los límites establecidos por la legislación vigente y la proporcionalidad de los montos transferidos.
Además, las garantías previstas en la Ley núm. 47-25 deberán ser asumidas por el cesionario en la proporción correspondiente al contrato cedido, con el propósito de proteger el interés público durante toda la ejecución contractual.
La nueva normativa será aplicable únicamente a las cesiones de contratos formalizadas a partir del 6 de julio de 2026, mientras que aquellas suscritas con anterioridad continuarán rigiéndose por la regulación vigente al momento de su firma.
La Contraloría informó que el texto íntegro de la circular está disponible en su portal institucional para facilitar su conocimiento e implementación por parte de las entidades públicas.
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