Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) estableció un protocolo extraordinario para registrar, digitalizar o reconstruir las actas de nacimiento de personas de 60 años o más que poseen cédula de identidad, pero cuyos registros no aparecen en el sistema del Registro Civil, no han podido ser localizados o se encuentran deteriorados o destruidos.
La medida, aprobada mediante un documento del 26 de octubre de 2026, busca facilitar la regularización de los registros de nacimiento de adultos mayores que durante años han utilizado su documento de identidad, pero enfrentan dificultades para obtener o renovar su cédula debido a la ausencia de un acta de nacimiento vinculada.
El protocolo contempla un procedimiento administrativo extraordinario y estandarizado que permitirá reducir los tiempos de respuesta, evitar traslados innecesarios y aprovechar los datos biométricos capturados durante los procesos de renovación de documentos de identidad.
La JCE explica que muchas personas, especialmente adultos mayores, obtuvieron sus cédulas cuando no era obligatorio presentar un acta de nacimiento. Este requisito comenzó a exigirse en 1992, con la entrada en vigor de la Ley 8-92.

Como consecuencia, algunos ciudadanos poseen documentos de identidad expedidos sin que exista un registro de nacimiento localizable, mientras que otros presentan actas deterioradas, destruidas o que nunca fueron incorporadas a los sistemas digitales.
¿Quiénes podrán acogerse al procedimiento?
De acuerdo con el protocolo, los solicitantes deberán haber cumplido al menos 60 años y poseer una cédula de identidad o una cédula de identidad y electoral.
También deberán encontrarse en una situación en la que su documento de identidad no esté vinculado a un registro de nacimiento válido o en la que, después de las verificaciones correspondientes, se determine que el acta no puede localizarse o está parcial o totalmente destruida.
Otro requisito es que sus datos biométricos hayan sido capturados durante el proceso de renovación de la cédula, lo que permitirá utilizar esa información para verificar su identidad sin exigir una nueva captura.
¿Cómo funcionará el registro extraordinario?
La Dirección Nacional de Registro del Estado Civil será responsable de identificar, clasificar y tramitar las solicitudes mediante consultas en archivos físicos, bases de datos y otras fuentes institucionales disponibles.
Cuando se encuentre el acta de nacimiento, se procederá a su digitalización o validación, según corresponda, para vincularla con la cédula del ciudadano.
Si el documento presenta daños físicos, se iniciará un procedimiento de reconstrucción, mientras que, en los casos en que no pueda localizarse, se gestionará una declaración de nacimiento fuera de plazo mediante un registro electrónico.
Para este último procedimiento, el protocolo dispone que las solicitudes sean tramitadas de manera centralizada y que los registros extraordinarios queden identificados mediante una nota marginal digital.
Asimismo, se contempla la participación de una persona que actúe como declarante, quien deberá aportar informaciones sobre el nacimiento y la filiación del solicitante, incluyendo nombres, apellidos y otros datos familiares.
No tendrá ningún costo para los beneficiarios
Uno de los aspectos establecidos por la JCE es que todo el procedimiento será gratuito, por lo que las personas que cumplan con los requisitos no tendrán que pagar por la aplicación de este protocolo.
La institución también dispone que los casos sean procesados de manera priorizada y que, una vez completada la validación del registro, se informe al ciudadano para que acuda al centro de cedulación más cercano, a continuar el trámite de emisión de su documento.
El protocolo establece, además, que las unidades responsables deberán verificar la integridad de los registros electrónicos y presentar informes sobre los expedientes tramitados, sus resultados y los tiempos de respuesta.
La disposición fue aprobada por el Pleno de la Junta Central Electoral, presidido por Román Andrés Jáquez Liranzo, y está dirigida a facilitar el acceso a la documentación de identidad de adultos mayores cuyos registros de nacimiento presentan dificultades de localización, digitalización o conservación.