EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. -El Tribunal Superior Electoral (TSE) informó este jueves que declaró inadmisible la acción de amparo contra el Partido de Liberación Dominicana (PLD), el Comité Central del la organización política y la Comisión Organizadora de la Consulta (Conap), que buscaba suspender la consulta ciudadana con padrón semiabierto pautada para el 18 de octubre del 2026.

Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, Jueces Titulares declararon la inadmisibilidad, por ser «notoriamente improcedente», en virtud de que el asunto de que se trata está siendo conocido en materia ordinaria en esta jurisdicción.

La decisión está contenida en el Dispositivo de Sentencia TSE/0033/2026 Expediente núm. TSE-05-0011-2026, contó con el voto unánime de los jueces se fundamenta en lo previsto en el artículo 70, numeral 3, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los y de los Procedimientos Constitucionales, así como el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, en virtud de que el asunto de que se trata está siendo conocido en materia ordinaria en esta jurisdicción.

La acción de amparo fue incoada en fecha 14 del mes de septiembre de este año por el ciudadano, según señala la TSE mediante un comunicado.

El accionante Dáyamo Victoriano Ramírez, solicitaba que se ordenara al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), a su Comité Central, a la Comisión Organizadora de la Consulta (Conap), así como a cualquier órgano dependiente o subordinado que intervenga en la ejecución del proceso, abstenerse de realizar, organizar, ejecutar o promover actos destinados a materializar la consulta cuestionada. Esta petición comprende, entre otras actuaciones, la realización de votaciones, habilitación de centros de votación, movilización del padrón, escrutinio, proclamación, publicación o comunicación de resultados, hasta tanto intervenga una decisión jurisdiccional definitiva que disponga lo contrario.

La entrada TSE declara inadmisible acción de amparo contra el PLD por ser «notoriamente improcedente» se publicó primero en El Nuevo Diario (República Dominicana).

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