EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El comunicador y especialista en temas migratorios José Rosario advirtió este viernes que los residentes permanentes legales de Estados Unidos deben conocer sus derechos ante posibles cuestionamientos de las autoridades migratorias por permanecer durante períodos prolongados fuera del territorio estadounidense.

Rosario explicó que, contrario a rumores que han circulado, ningún funcionario de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) ni del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) puede simplemente quitarle la residencia permanente a una persona al momento de su entrada a Estados Unidos.

“En ningún momento, en ningún lugar, le da la autoridad, ni siquiera al ICE, al CBP, a ninguno de sus oficiales, de quitarle una residencia a un residente permanente legal por la permanencia prolongada fuera de los Estados Unidos”, sostuvo.

El experto emitió sus opiniones al ser entrevistado por los comunicadores José Rosario y Eliza Martínez en el programa “Agenda del Pueblo”, transmitido por la plataforma digital de “El Nuevo Diario TV”.

(Ver programa)

Asimismo, explicó que, cuando las autoridades consideran que un residente permanente podría haber abandonado su estatus migratorio debido a una permanencia prolongada fuera del país, el procedimiento contempla la emisión de un Notice to Appear (NTA), mediante el cual se cita a la persona a comparecer ante una corte de inmigración.

Según Rosario, corresponde entonces a un juez de inmigración evaluar las circunstancias del caso y determinar si efectivamente existió un abandono del estatus de residente permanente.

“Es decir, ningún CBP, ningún oficial de Customs and Border Protection tiene la autoridad de removerle, de quitarle físicamente la residencia a usted, sino más bien de darle una notificación para comparecer ante un juez”, afirmó.

Recomienda no firmar el formulario I-407

Rosario hizo especial énfasis en que los residentes permanentes que sean confrontados en los puntos de entrada y cuestionados sobre su permanencia fuera de Estados Unidos deben actuar con cautela antes de firmar cualquier documento.

En particular, recomendó no suscribir el formulario I-407, documento utilizado para formalizar la renuncia voluntaria al estatus de residente permanente legal.

El comunicador señaló que la persona debe conocer que la firma de ese documento implica una decisión relevante respecto a sus derechos migratorios y que, ante una situación de este tipo, resulta fundamental procurar asesoría legal adecuada.

Los seis meses, un punto de atención

Rosario también explicó que los seis meses constituyen un período particularmente importante para los residentes permanentes que planean permanecer fuera de Estados Unidos.

Indicó que, después de seis meses fuera del territorio estadounidense, el residente puede quedar sujeto a una evaluación adicional al intentar regresar, debido a que su permanencia prolongada en el extranjero puede generar cuestionamientos sobre dónde mantiene realmente su residencia.

“Seis meses es el tiempo indicado para que las personas puedan permanecer fuera de los Estados Unidos en calidad de residente permanente legal”, explicó.

Añadió que, una vez superado ese período, el regreso a Estados Unidos puede ser objeto de una nueva evaluación por parte de un funcionario migratorio, quien podría analizar si la persona mantiene efectivamente su residencia en territorio estadounidense.

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