EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. — El proyecto de ley que regula los juegos de azar en República Dominicana establece que las plataformas de apuestas por internet deberán verificar la identidad y mayoría de edad de sus usuarios directamente con la Junta Central Electoral (JCE) antes de permitir depósitos o apuestas, como medida para impedir el acceso de menores.

Esta disposición, detallada en el artículo 82, elimina el obsoleto mecanismo actual donde basta con marcar una casilla declarativa para ingresar a un sitio web y lo sustituye por un cruce de datos biométricos y de registro civil con la fuente oficial del Estado dominicano, indica un comunicado.

Cerco total en entornos físicos, colmados y publicidad

La protección a los menores de 18 años se extiende de forma integral al entorno físico y comercial a través de un riguroso régimen de prohibiciones:

Control de acceso estricto: El artículo 27 prohíbe de forma taxativa la entrada de menores a salas de juego y el artículo 28 obliga a los establecimientos a exigir un documento oficial de identidad en la puerta de entrada.

Erradicación de tragamonedas ilegales: El artículo 70 prohíbe de forma expresa la instalación de máquinas tragamonedas en locales de ocio o expendio de alimentos y bebidas accesibles para menores de edad, mencionando específicamente a los colmados.

Restricción publicitaria: El artículo 37 prohíbe cualquier tipo de campaña publicitaria dirigida a menores o diseñada con elementos gráficos y narrativos que resulten atractivos para este segmento vulnerable.

Pérdida de la licencia como sanción máxima

La gran diferencia de este proyecto frente a las leyes vigentes radica en la contundencia de sus consecuencias. El artículo 44 tipifica la falta de controles efectivos para evitar la participación de menores como una causal directa para la cancelación o revocación de la licencia. Bajo este nuevo marco jurídico, el operador que falle en proteger a los menores no se enfrentará a una simple multa económica, sino al cierre definitivo de su negocio mediante la pérdida del título habilitante para operar en el país.

ENV/

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