El potencial deportivo de República Dominicana, visto el tamaño, población y nivel de desarrollo, comparado con México, Colombia y Venezuela, es bastante bueno. Las primeras generaciones de nuestros atletas de alto rendimiento estuvieron conformadas por muchachas y muchachos salidos del pueblo llano, de los bateyes y barrios de nuestras ciudades. La inmensa mayoría se iniciaron sin instalaciones, en las calles, solares y sabanas, “a mano pelá”, con medios rudimentarios, artesanales. ¡Y aún así, de ellas surgieron figuras estelares del deporte, en todas las disciplinas!
En las últimas décadas hemos logrado avances significativos en la formación de ese potencial humano y el levantamiento de infraestructuras deportivas, que debemos cuidar.
Para potenciar aún más ese valioso capital humano, es preciso prestar atención al albergue olímpico del ensanche La Fe y a los centros de entrenamiento, para que reciban una mejor orientación y manejo. Repensar la filosofía y la dirección que deben darse a esas entidades para asegurarnos que cumplan con su rol, sin estar sujetas a eventualidades.
El albergue olímpico no debe estar sujeto a los caprichos de funcionarios o dirigentes que solo ven en el mismo una oportunidad de negocio y fuente de empleo para sus allegados y canchanchanes, como ocurrió cuando el anterior ministro Francisco Camacho, llevándose de malos consejeros, despojó al COD de la administración para manejar a la libre ese órgano y el presupuesto asignado.
De conformidad a lo establecido en los estatutos del COD (artículo 42.5), le corresponde la dirección y administración del albergue. En caso de continuar esta situación de despojo, propongo que, en cambio, de manera provisional, hasta que concluya el presente ciclo olímpico, se proceda a la creación de un Consejo Gerencial conformado por cinco consejeros procedentes del Miderec, del COD, de las federaciones (escogido libremente), de la Asociación de Cronistas Deportivos y un quinto designado por la Contraloría General. Deberá estar regido por un reglamento general que regule la designación del o la administradora, el régimen de nombramientos del personal, la supervisión general, así como los controles de ingresos y egresos. Además, debe regular el uso de las instalaciones y los alojamientos, para evitar que sean indebidamente utilizados.
En lo jurídico, el derecho de propiedad debe conservarlo el Estado, debidamente representado, de conformidad a lo que disponen la Constitución y las leyes. Nada de patronato ni de ningún artificio que perjudique su naturaleza de bien público.
Mis reflexiones y propuestas solo apuntan a que logremos una buena preparación y exitosa participación en “Lima 2027” y “Los Ángeles 2028”.