SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público aclaró que el nuevo Código Penal y sus reformas no tipifican ni sancionan como delito la creación o difusión de memes, caricaturas, parodias, sátiras, videos o imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social.

A través de un documento firmado por la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, la institución precisó que este tipo de manifestaciones no constituyen un delito penal, siempre que sean identificables como obras de ficción o creación y no busquen engañar con fines ilícitos ni atentar contra la integridad de niños, niñas y adolescentes.

El órgano garante de la persecución penal sostuvo que el principio de legalidad exige que cualquier infracción esté expresamente descrita en la ley. Asimismo, recordó que la legislación prohíbe realizar interpretaciones extensivas en perjuicio de los ciudadanos y subrayó que la libre expresión y la creación artística son derechos protegidos por la Constitución.

La aclaración surge ante las interpretaciones vertidas por diversos sectores en la opinión pública sobre la tipificación de la alteración de audios y videos en la norma penal. Sobre esto, el órgano rector precisó que la sanción a la manipulación digital busca frenar daños ilícitos intencionados, sin afectar el ejercicio de la crítica o el humor.

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