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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.– El nuevo Código Penal Dominicano constituye la principal amenaza para el ejercicio del periodismo tras la muerte del dictador Rafael Leonidas Trujillo Molina, de acuerdo con la consideración de los juristas Trajano Vidal Potentini, presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana; Julio César de la Rosa, presidente de la Alianza Dominicana Contra la Corrupción; y César Amadeo Peralta, penalista y analista jurídico.
Los juristas advirtieron que la nueva ley contempla el cierre de programas y medios, la incautación o el decomiso de herramientas e instrumentos de comunicación, la no renovación de licencias a los medios, la incautación de bienes de periodistas o ciudadanos para pagar los daños y perjuicios ocasionados al o los afectados, así como la prohibición permanente del ejercicio profesional.
Los tres destacados abogados coincidieron en sus opiniones al participar como panelistas en el conversatorio titulado “Libertad de Prensa y Expresión en el Nuevo Código Penal Dominicano”, organizado por el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) el miércoles 24 de junio en su sede de la avenida George Washington, esquina doctor Horacio Vicioso, en el Centro de los Héroes, de esta capital, donde fueron recibidos e introducidos por Luis Pérez, presidente del CDP, y presentados por Olivo De León, quien condujo la actividad.
Los estudiosos de la legislación dominicana coincidieron en señalar la existencia de al menos 10 artículos que afectan a periodistas y medios de comunicación, sin contar todos aquellos que los involucran como ciudadanos. Asimismo, señalaron que la nueva legislación transforma la forma de comunicarse de la gente en la República Dominicana.
Sostuvieron que entre “las cosas locas y sin sentido” que contiene la Ley 74-25, que crea el nuevo Código Penal, figura la difamación extorsiva, con penas de cinco a diez años de prisión, así como la posibilidad de que una persona pueda ser condenada hasta a 60 años de cárcel, ya que contempla el cúmulo de penas y las penas complementarias.
Otros “sin sentidos” que, a juicio de los juristas, contiene el nuevo Código Penal y que afectan sensiblemente el ejercicio del periodismo es lo establecido en el artículo 379, en el sentido de que podría ser condenada a 20 o 30 años de prisión toda persona que falsee u oculte información requerida por un organismo de seguridad (DNI u otros), convirtiendo a periodistas y ciudadanos en chivatos, “policías” o agentes de información.
Consideran que “el absurdo es tan hiperbólico que por publicar un sobrenombre de un político o de un funcionario (por ejemplo: El Moreno), una persona podría ser condenada a un año de prisión, lo mismo que por un gesto o una seña que tipifiquen como delito”.
En ese mismo orden colocan el hecho de que, por reenviar un audio o una imagen, una persona podría ser condenada de seis meses a un año de prisión, pena que se agravaría de dos a cinco años si ese video sufre alguna alteración y aumentaría de cinco a diez años en caso de que se considere de carácter interno o sexual.
Al referirse al artículo 310, que trata sobre el ultraje a funcionarios públicos y establece prisión de 15 días a un año y multa de dos a 13 salarios mínimos, explicaron que estos salarios no corresponden al salario mínimo del sector público, sino al salario que perciba el funcionario, la mayoría de los cuales supera los RD$300,000.00.
Asimismo, precisaron que los sometimientos serán de acción pública a instancia privada, de manera que el funcionario que se considere ultrajado llevará el caso, y no la autoridad judicial, con todo lo que implica la influencia y el poder que confiere un cargo.
Los juristas indicaron que la legislación restablece la responsabilidad en cascada, ya que incluye a comunicadores, periodistas, ejecutivos, propietarios de medios y a los propios medios en la responsabilidad por la violación de la ley que alguien haya cometido y que se haya difundido a través de ellos.
También señalaron que se violenta el principio de personalidad de la pena, desaparece la exceptio veritatis, se abandona el enfoque sistémico y que hasta un piropo que alguien considere ofensivo podría llevar a una persona a la cárcel. “Incluso lleva las penas hasta la intimidad de la habitación de un matrimonio, que es un contrato, un acuerdo entre dos personas”.
Vidal Potentini afirmó que en la nueva ley hay muchas irracionalidades que deben repensarse, ya que entiende que se debe proteger el periodismo y a los periodistas, cuya labor no consiste en aplaudir a los funcionarios ni a nadie, sino en cuestionar y asumir actitudes críticas ante determinadas situaciones.
Mientras tanto, Julio César de la Rosa advirtió que, cuando entre en vigencia el nuevo código, a partir del 3 de agosto, el país tendrá una legislación inmanejable e inaceptable, que obligará a los propietarios de los medios de comunicación a aplicar la censura previa ante el temor de ser condenados.
César Amadeo Peralta citó, entre los artículos que afectan a periodistas y medios de comunicación, los artículos 29, 121, 123, 192, 208, 209, 210, 310, 370 y 379, entre otros.
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