El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró culpables esta madrugada a los militares y exjefes del CUSEP y CESTUR del Gobierno de Danilo Medina, Adan Benoni Cáceres Silvestre y Juan Carlos Torres Robiou a quienes condenò a 20 años de prisión por asociación de malhechores, prevaricación, desfalco, estafa contra el Estado, enriquecimiento ílicito, incremento patrimonial y lavado de activos agravado por su condición «servidores públicos».
Las magistradas Esmirna Gisselle Méndez Álvarez, jueza presidenta; Tania H. Yunes Sánchez, jueza sustituta de presidente, y Jissel Y. Naranjo Tejada, jueza miembro, iniciaron una maratónica sesión a las tres de la tarde de este lunes 15 de junio del 2026 en la que fueron explicando los motivos de su decisión y cómo entendieron que las pruebas aportadas por el Ministerio Público demostraban la estructura de lavado de activos dirigida por los dos ex funcionarios.
A través de la sentencia 249-02-2026-SSEN-00040 del expediente núm. 062-2022-EPEN-00201 se les condena a les condena a cumplir la pena de veinte (20) años de reclusión mayor y al pago de una multa de cuatrocientos (400) salarios mínimos del sector público.
Con la misma pena se condenó a Rafael Núñez de Aza. Mientras que a Julio Camilo de los Santos Viola, se le condenó a 15 años y el pago de 400 salarios mìnimos. A la pastora Rossy Maybelline Guzmán Sánchez fue declarada culpable de 15 años de prisión con el pago de 300 salarios mínimos por el crimen de incremento patrimonial y lavado de activos agravado.
Esmeralda Ortega Polanco fue hallada culpable del creimen de uso de documento de banco falso, entre otros delitos por lo que deberá cumplir 10 de prisión y el pago de 400 salarios mínimos.
José Manuel Rosario Pirón fue condenado a 10 años de reclusión mayor y el pago de 200 salarios minimos por asociación de malhechores, prevaricación, desfalco, estafa contra el Estado, mientras que Boanerges Reyes Batista fue declarado culpable de los mismos hechos y sentenciado a 10 años de prisión y 200 salarios mínimos.
En el caso del principal delator del caso y que colaboró con el Ministerio Público, Raúl Alejandro Girón Jiménez fue declarado culpable de asociación de malhechores, desfalco y estafa contra el Estado y solo se le condenó a 5 años de prisión los cuales le fueron computados por el tiempo que llevaba el proceso.
El tribunal declaró la absolución para los imputados los imputados Miguel Alfredo Ventura Pichardo, Eric Daniel Pereyra Núñez, Tanner Antonio Flete Guzmán, Guillermo de Jesús Torres Robiou, Enmanuel Antonio Alba Trinidad, Santiago Antonio Suarez Peguero y de la persona jurídica Iglesia Bautista Vida Eterna del Señor Jesucristo, A.S.F.L.. Fueron absueltos por insuficienia de los medios de prueba, por lo que se les descarga de toda responsabilidad penal, aunque de esta manera se reconoce su imputación a la violación de 10 artículos del Código Penal Dominicano.
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El caso Coral, junto a su derivado Coral 5G, involucra a militares y policías acusados de malversar fondos públicos mediante el uso de instituciones castrenses y religiosas. El Ministerio Público sostiene que se trata de uno de los expedientes más completos en materia de corrupción administrativa, con abundante evidencia documental y testimonios.
El Ministerio Público presentó una lista detallada de bienes muebles e inmuebles que, según la acusación, fueron adquiridos con fondos ilícitos. La fiscalía aseguró que el caso Coral constituye uno de los expedientes más sólidos en materia de corrupción administrativa, con abundante evidencia documental y testimonios que sustentan la acusación.