
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral emitió este viernes el reglamento que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y las pautas para la realización y publicación de encuestas con fines electorales.
La normativa será aplicada a todas las firmas o empresas encuestadoras que deseen realizar encuestas para medir simpatías o posicionamiento de aspirantes, precandidaturas, candidaturas y organizaciones políticas, así como para procesos internos de selección de candidaturas en partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
El reglamento establece que las encuestadoras deberán registrarse y ser habilitadas por la JCE, para lo cual deberán depositar documentos como estatutos sociales, currículos de técnicos, nómina de accionistas y composición del consejo de administración.
Asimismo, dispone que únicamente las firmas o empresas encuestadoras debidamente registradas en la JCE podrán realizar encuestas en materia electoral.
La normativa también señala que las encuestas realizadas para la definición de precandidaturas y escogencia de candidaturas contarán con la supervisión de la JCE durante los trabajos de campo, aunque aclara que el órgano electoral no está facultado para validar o rechazar los resultados de dichas encuestas.
Además, el reglamento prohíbe la publicación o difusión de encuestas o sondeos de opinión con fines electorales fuera del plazo legal de precampaña y campaña electoral.
La disposición indica que el período de precampaña inicia formalmente el primer domingo de julio del año anterior al de las elecciones (2027), conforme a la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
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