Un tribunal del distrito judicial de Puerto Plata condenó a 20 años de prisión a un hombre hallado culpable de provocar la muerte de otro ciudadano en un hecho ocurrido en el municipio de Sosúa, en el año 2024, tras acoger como válidas las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

El condenado fue identificado como Chantal Dantés, quien fue declarado culpable de ocasionar la muerte del ciudadano haitiano Yviolan Vitalus, también conocido como Yviolan Pierre, durante un incidente registrado el 20 de enero de 2024 en el sector Loma Bajita, en Sosúa, provincia Puerto Plata.

Origen del conflicto

De acuerdo con la acusación, el hecho se originó alrededor del mediodía, tras una discusión entre dos mujeres, familiares del acusado, y la esposa de la víctima. Durante el conflicto, la esposa de Vitalus habría agredido con un arma blanca a una prima de Dantés, lo que desencadenó una reacción posterior.

Las investigaciones establecen que, tras enterarse de la situación, Chantal Dantés salió en busca de la víctima. Al encontrarlo, lo atacó con un machete, provocándole múltiples heridas que finalmente le causaron la muerte. El informe forense determinó que la víctima falleció a causa de una amputación traumática en la base del cuello, provocada por arma blanca.

El Informe de Autopsia Judicial número 053-2024, emitido el 1 de marzo de 2024, detalla que el cuerpo presentó tres heridas en el cuello y en las extremidades superiores. La causa de muerte fue establecida como un choque hemorrágico, producto de las lesiones sufridas.

Pruebas y sentencia

Durante el proceso judicial, el Ministerio Público presentó un conjunto de pruebas que incluyó testimonios de testigos, actas de levantamiento del cadáver, informes periciales y evidencia audiovisual, con las que se logró establecer la responsabilidad penal del acusado.

La investigación estuvo dirigida por la procuradora fiscal Hilda Patricia Lagombra Polanco, mientras que la sustentación de la acusación en audiencia fue realizada por el fiscal Leury Virgilio Ureña. Ambos demostraron la violación de varios artículos del Código Penal Dominicano, incluyendo disposiciones sobre homicidio y asociación de malhechores, así como la Ley 631-16 sobre control de armas.

  • El tribunal también determinó que el acusado violó la normativa que regula el uso de armas blancas, lo que agravó su responsabilidad penal en el caso.

La sentencia fue dictada por el Tribunal Colegiado de Puerto Plata, presidido por la jueza Jakayra Veras, el cual ordenó que la condena sea cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, en Puerto Plata.

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