La defensa de la bailarina Mary Louise Ventura Garrido, sentenciada a 10 años de prisión por la muerte de la también bailarina y actriz Patricia Antonia Ascuasiati Domínguez, anunció que apelará la decisión dictada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Villa Altagracia.

El abogado Yurosky Mazara, quien encabezó la defensa técnica junto a Manuel Domínguez, informó que la sentencia será recurrida. Señaló que, aun antes de recibir el documento íntegro, en las motivaciones orales expuestas por el tribunal durante la audiencia se evidencian contradicciones en la valoración de las pruebas.

“En las motivaciones verbales expuestas por el tribunal se advierten inconsistencias importantes que deberán ser revisadas por la jurisdicción de apelación. Nuestra posición es que varias pruebas técnicas fundamentales no fueron debidamente ponderadas”, expresó.

Los hechos y la prueba técnica

Conforme a los informes de accidentología incorporados al expediente, el hecho ocurrió en el contexto de una maniobra involuntaria a muy baja velocidad: el vehículo realizó un desplazamiento momentáneo de aproximadamente un segundo, sin alcanzar los 10 kilómetros por hora.

La defensa también sostuvo que el tribunal no ponderó adecuadamente elementos vinculados a la evolución médica posterior al incidente. El fallecimiento de Patricia Ascuasiati se produjo 23 días después de los hechos y, según el certificado médico forense, la causa del deceso fue un shock séptico derivado del manejo intrahospitalario tras múltiples intervenciones quirúrgicas.

Este aspecto, según Mazara, deberá ser examinado con mayor detenimiento en la etapa de apelación.

Asimismo, durante el proceso surgieron contradicciones en las versiones de algunos testigos presentados por la acusación, incluyendo el testimonio de una persona señalada como testigo ocular, quien ofreció relatos distintos sobre lo ocurrido y admitió haber intervenido en la manipulación del cuerpo de la víctima junto a otras personas.

Cinco décadas de relación artística

La defensa sostuvo durante el juicio que no existía ningún móvil ni antecedente de conflicto entre las dos artistas. La relación personal y profesional entre Ventura y Ascuasiati se extendió por más de cinco décadas dentro del ámbito del ballet y las artes escénicas dominicanas.

Diversos testimonios presentados en audiencia indicaron que entre ambas existía una relación de amistad y colaboración artística desde sus años de formación en la danza.

Mary Louise Ventura fue declarada Gloria de la Danza Nacional por el Poder Ejecutivo, se desempeñó como directora nacional de la Escuela de Danza y fue primera bailarina absoluta del Ballet Dominicano. Es, además, hija del héroe nacional Juan de Dios Ventura Simó.

Patricia Ascuasiati, por su parte, fue una de las figuras más influyentes en el desarrollo contemporáneo de la danza y el teatro dominicano, con una destacada trayectoria como bailarina, actriz, coreógrafa y gestora cultural. Ambas forman parte del patrimonio cultural de la República Dominicana.

Derecho al recurso

Mazara subrayó que la defensa respeta las decisiones judiciales y el rol institucional de los tribunales, y recordó que el derecho al recurso forma parte esencial del debido proceso.

“Nuestra actuación no pretende abrir un juicio paralelo, sino informar con responsabilidad sobre el curso del proceso y ejercer los recursos que la ley reconoce. Este caso continuará ventilándose en los tribunales hasta que se produzca una decisión plenamente fundamentada en derecho”, afirmó.

La sentencia íntegra será notificada el 30 de abril, fecha a partir de la cual comenzará a correr el plazo de 20 días establecido en el Código Procesal Penal para la interposición del recurso de apelación.

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