SANTO DOMINGO — El Poder Ejecutivo promulgó este jueves la Ley 88-26, una normativa que otorga una prórroga de 18 meses para la entrada en vigor de los artículos del nuevo Código Penal dominicano relativos a la responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas).
La pieza modifica el artículo 31 de la Ley 44-26 y establece que las disposiciones contenidas en los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, comenzarán a aplicarse formalmente el 5 de mayo de 2028, con excepción de lo previsto en el artículo 393. La entrada en vigencia de este régimen para las corporaciones estaba pautada para iniciar este 5 de noviembre.
Período de adaptación para el sector empresarial
De acuerdo con el texto legislativo, la extensión de este plazo responde a la necesidad de permitir que las empresas y sociedades comerciales sujetas a la regulación ejecuten las adecuaciones operativas, jurídicas y de cumplimiento necesarias para alinearse con los nuevos marcos de sanción penal.
Con esta promulgación, las entidades corporativas dispondrán del margen de tiempo requerido para estructurar sus programas de prevención de delitos y adecuar sus políticas internas ante las exigencias normativas del país.