SANTO DOMINGO.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, sostuvo que el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican ni lo sancionan con prisión o multa crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social.

Reynoso se refirió al tema al hacer una precisión sobre el Código Penal aprobado y su reforma, con la finalidad de contribuir con una mejor interpretación de la ley penal.

Explicó, a través de un comunicado colgado en su cuenta de la red social X, que la Procuraduría General de la República considera pertinente hacer la precisión respecto al tema sobre las citadas expresiones artísticas o comunicativas que, “quizás sin mala intención, recibe una interpretación o un tratamiento errado de parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública”.

Crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no son dolosas cuando, “el contenido sea claramente reconocible como una obra de creación o ficción que no tenga por objeto engañar al público con fines ilícitos o que no atente contra la integridad de un niño, una niña o un adolescente”, subrayó.

En ese contexto, sugirió ver el Principio 2, literales 1, 3, 5 y 6 del Código Penal y 25 del Procesal Penal.

Reynoso recordó que el principio de legalidad penal exige que para una acción u omisión ser sancionada penalmente tiene que estar expresamente descrita de manera precisa e inequívoca por ley, al tiempo que destacó la importancia de recordar que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas.

“Es errado hacer interpretaciones extensivas o el uso de la analogía en contra de una persona, porque el derecho penal lo prohíbe, salvo que favorezca a la persona procesada”, señaló.

Enfatizó que la alteración de vídeos o audios con el fin ilícito de dañar una persona no extiende sus efectos a la creación de memes o caricaturas, parodias como ejercicio de la libre expresión y de la creación artística, actividades constitucionalmente protegidas.

La procuradora general hizo la precisión tras recordar que la Constitución dominicana establece, en su Artículo 169, que el Ministerio Público es: “el órgano del sistema de justicia responsable de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad”.

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