{"id":75235,"date":"2026-10-13T18:40:05","date_gmt":"2026-10-13T18:40:05","guid":{"rendered":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/2026\/10\/13\/dgcp-establece-orientaciones-para-uso-de-excepciones-en-contrataciones-publicas\/"},"modified":"2026-10-13T18:40:05","modified_gmt":"2026-10-13T18:40:05","slug":"dgcp-establece-orientaciones-para-uso-de-excepciones-en-contrataciones-publicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/2026\/10\/13\/dgcp-establece-orientaciones-para-uso-de-excepciones-en-contrataciones-publicas\/","title":{"rendered":"DGCP establece orientaciones para uso de excepciones en contrataciones p\u00fablicas"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"355\" height=\"200\" src=\"https:\/\/nuevodiario-assets.s3.us-east-2.amazonaws.com\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/Direccion-General-de-Contrataciones-Publicas-Foto-DGCP-355x200.jpeg\" class=\"webfeedsFeaturedVisual wp-post-image\" alt=\"\" style=\"display: block;margin-bottom: 5px;clear:both;max-width: 100%\" \/><\/p>\n<p>EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.\u2013 La Direcci\u00f3n General de Contrataciones P\u00fablicas (DGCP) inform\u00f3 este martes que emiti\u00f3 el nuevo Manual General de Procedimientos de Excepci\u00f3n de las Contrataciones P\u00fablicas, que establece orientaciones para el uso adecuado de estas modalidades extraordinarias, conforme a la Ley n\u00fam. 47-25 y su Reglamento general de aplicaci\u00f3n n\u00fam. 52-26.<\/p>\n<p>El documento, de aplicaci\u00f3n obligatoria, establece los lineamientos generales para el uso adecuado de los procedimientos de excepci\u00f3n por parte de las entidades contratantes, promoviendo que las excepciones sean utilizadas \u00fanicamente cuando sea necesario y bajo criterios que contribuyan a la integridad, eficiencia, transparencia y protecci\u00f3n del inter\u00e9s general.<\/p>\n<p>En un comunicado de prensa, la DGCP record\u00f3 que las excepciones constituyen una modalidad extraordinaria de contrataci\u00f3n, distinta de los procedimientos ordinarios y abiertos previstos por la Ley, que permite atender determinadas situaciones o escenarios at\u00edpicos mediante procedimientos especiales. Su utilizaci\u00f3n est\u00e1 condicionada a las causas y requisitos establecidos en el marco normativo y, seg\u00fan corresponda, a la autorizaci\u00f3n mediante decreto presidencial o resoluci\u00f3n motivada de la m\u00e1xima autoridad de la entidad o del Comit\u00e9 de Contrataciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>El Manual explica c\u00f3mo las instituciones deben abordar los procedimientos de excepci\u00f3n por emergencia, de seguridad nacional, situaciones de urgencia; as\u00ed como la contrataci\u00f3n de bienes o servicios con exclusividad, proveedores \u00fanicos, publicidad a trav\u00e9s de medios o plataformas de comunicaci\u00f3n social y digital, contratos rescindidos, arrendamientos de inmuebles para uso estatal, prestaciones de car\u00e1cter personal\u00edsimo, compras de bienes en condiciones excepcionalmente favorables, contrataci\u00f3n de universidades y centros de investigaci\u00f3n, y servicios de representaci\u00f3n jur\u00eddica y gesti\u00f3n de intereses.<\/p>\n<p><strong>Las excepciones no implican ausencia de controles<\/strong><\/p>\n<p>El \u00f3rgano rector precis\u00f3 que, aunque los procedimientos de excepci\u00f3n no est\u00e1n condicionados a un umbral de presupuesto estimado, esto no significa que puedan utilizarse de manera discrecional.<\/p>\n<p>\u201cAntes de recurrir a una excepci\u00f3n, corresponde a la entidad contratante verificar que se configuren los elementos y requisitos establecidos para su aplicaci\u00f3n y ponderar si resulta m\u00e1s conveniente realizar un procedimiento de selecci\u00f3n ordinario\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>El Manual tambi\u00e9n establece que, aun cuando se utilice esta modalidad, permanecen vigentes los controles fundamentales del Sistema Nacional de Contrataciones P\u00fablicas, como el cumplimiento del r\u00e9gimen de inhabilidades y los mecanismos de debida diligencia correspondientes.<\/p>\n<p>Con excepci\u00f3n de los procedimientos de seguridad nacional, el resto de estos procesos deben ser publicados en el Sistema Electr\u00f3nico de Contrataciones P\u00fablicas (SECP), con el fin de contribuir a la transparencia y rendici\u00f3n de cuentas sobre el uso de los recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1ndo puede utilizarse un procedimiento de excepci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>La Ley n\u00fam. 47-25 contempla diferentes circunstancias que pueden dar lugar a procedimientos de excepci\u00f3n, cada una con condiciones y requisitos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Entre estas se encuentran las situaciones de emergencia, cuando exista un decreto presidencial que declare una situaci\u00f3n que altere gravemente la normalidad. En estos casos, solo podr\u00e1n contratarse los bienes, servicios u obras estrictamente necesarios para enfrentar la emergencia.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se contempla la seguridad nacional, para contrataciones vinculadas con funciones de defensa y seguridad del Estado.<\/p>\n<p>Las situaciones de urgencia constituyen otra causal, cuando no sea posible aplicar oportunamente un procedimiento ordinario y existan circunstancias imprevisibles, inmediatas, concretas y debidamente justificadas. Esta modalidad no procede cuando la situaci\u00f3n se origine en falta de planificaci\u00f3n o negligencia administrativa.<\/p>\n<p>El marco tambi\u00e9n contempla procedimientos para bienes o servicios con exclusividad, cuando exista un n\u00famero limitado de proveedores capaces de satisfacer la necesidad y se sustente esta condici\u00f3n mediante el correspondiente estudio de mercado.<\/p>\n<p>Asimismo, pueden utilizarse procedimientos de excepci\u00f3n para concluir contratos rescindidos, cuando reste por ejecutar hasta el 40 % del contrato y no existan otros oferentes habilitados; para la contrataci\u00f3n o arrendamiento de inmuebles para uso estatal; y para aprovechar condiciones excepcionalmente favorables para la adquisici\u00f3n de bienes, como puede ocurrir en liquidaciones, ventas judiciales y otras enajenaciones extraordinarias.<\/p>\n<p><strong>Selecci\u00f3n competitiva y selecci\u00f3n directa<\/strong><\/p>\n<p>El Manual establece adem\u00e1s que los procedimientos de excepci\u00f3n no responden todos a una misma modalidad de selecci\u00f3n. En determinados casos se aplica la selecci\u00f3n competitiva, como ocurre con emergencia, seguridad nacional, situaciones de urgencia, bienes o servicios con exclusividad, contratos rescindidos e inmuebles para uso estatal.<\/p>\n<p>De manera excepcional, la normativa permite la selecci\u00f3n directa en determinados supuestos de emergencia y seguridad nacional, cuando se configuren las condiciones previstas en el Reglamento.<\/p>\n<p>Otros procedimientos corresponden a selecci\u00f3n directa, debido a la naturaleza particular de la contrataci\u00f3n, entre ellos las prestaciones de car\u00e1cter personal\u00edsimo, proveedores \u00fanicos, contrataci\u00f3n de publicidad directamente con medios o plataformas de comunicaci\u00f3n social y digital, universidades y centros de investigaci\u00f3n, servicios de representaci\u00f3n jur\u00eddica y gesti\u00f3n de intereses, y compras de bienes en condiciones excepcionalmente favorables.<\/p>\n<p>Esta diferenciaci\u00f3n busca que la modalidad utilizada responda a la naturaleza y circunstancias concretas que justifican la excepci\u00f3n.<\/p>\n<p>NLP\/<\/p>\n<p>La entrada <a href=\"https:\/\/elnuevodiario.com.do\/dgcp-establece-orientaciones-para-uso-de-excepciones-en-contrataciones-publicas\/\">DGCP establece orientaciones para uso de excepciones en contrataciones p\u00fablicas<\/a> se public\u00f3 primero en <a href=\"https:\/\/elnuevodiario.com.do\">El Nuevo Diario (Rep\u00fablica Dominicana)<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.\u2013 La Direcci\u00f3n General de Contrataciones P\u00fablicas (DGCP)&hellip;\n","protected":false},"author":1,"featured_media":75236,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-75235","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75235","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=75235"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75235\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/75236"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=75235"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=75235"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/acronoticias.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=75235"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}