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Envían a juicio a propietarios de Vidal Plast por tragedia que dejó 38 muertos en San Cristóbal

Santo Domingo.- Como solicitó el Ministerio Público, una jueza de San Cristóbal envió a juicio a los procesados por la explosión ocurrida en una fábrica de plástico el 14 de agosto de 2023, tragedia que dejó 38 fallecidos, decenas de heridos, nueve edificios destruidos y múltiples viviendas afectadas.

La decisión alcanza a los propietarios Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar de Vidal y Mercedes Altagracia Vidal Sandoval, así como a la empresa Vidal Plast, donde se originó la explosión con ondas expansivas que impactaron gran parte del centro urbano.

La jueza Loyda Amador, del Segundo Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal, admitió todas las pruebas presentadas por el Ministerio Público y dictó auto de apertura a juicio, tras validar la acusación sustentada por los fiscales del caso.

Según el expediente, la explosión se produjo por negligencia, imprudencia e inobservancia de los reglamentos de almacenamiento de plásticos y normas de salud y medio ambiente, en una actividad comercial de alto riesgo.

El Ministerio Público establece que el detonante fue el químico Autofina-Luporox A 70S, un peróxido orgánico utilizado en la industria del plástico, el cual era almacenado de forma inadecuada junto a residuos inflamables en un espacio cerrado.

La investigación precisa que el químico, acumulado durante años, alcanzó su punto de combustión, provocando la explosión registrada a las 3:10 de la tarde, en la intersección de las calles Padre Ayala y Francisco J. Peynado, en San Cristóbal.

El expediente detalla que cinco meses antes del siniestro ya se habían producido señales de alerta, cuando una chispa generada durante labores de herrería provocó una reacción química, humo irritante y quemaduras a un empleado.

El caso, declarado de tramitación compleja, está respaldado por 128 elementos de prueba, entre testimonios, peritajes, documentos y material audiovisual.

El Ministerio Público acusa a los imputados de violar el artículo 319 del Código Penal, así como disposiciones de la Ley General de Salud 42-01 y la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

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