Soy abogado. Llevé un caso en que la empresa evidenció tener Comité Mixto de Seguridad y Salud, sus minutas mensuales depositadas en el MT y todo lo relativo al Reglamento 522-06. Aun así, el tribunal declaró justificada la dimisión de una empleada porque no probamos tener botiquín de primeros auxilios. Deposité fotos del botiquín, pero el tribunal no las valoró. Voy a apelar. ¿Cómo se prueba que una empresa tiene botiquín?
Una foto no tiene fecha cierta ni identifica el lugar: pudo haberse tomado en una farmacia o en una ferretería que vende botiquines. Y levantar un acta notarial de comprobación en cada litigio resulta incosteable.
La solución probatoria la trae la Resolución 09-26 del Ministerio de Trabajo, del 29 de abril de 2026. Su artículo 10 obliga al empleador a revisar el contenido del botiquín, por lo menos, una vez al mes, y a levantar de cada revisión un registro, físico o digital, con la fecha, el nombre y la firma del responsable, el estado del botiquín y las reposiciones efectuadas. Y su artículo 24 manda al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo a verificar semestralmente el estado de los botiquines.
Eso quiere decir que la empresa debe incorporar esa revisión mensual a la minuta del Comité, integrado también por representantes de los trabajadores, que se deposita cada mes en el Ministerio de Trabajo. Así la prueba adquiere fecha cierta, sin costo adicional. Las fotos fechadas del botiquín la complementan, pero no la sustituyen.
Para su apelación, recuerde además que en la dimisión es el trabajador quien debe probar la justa causa (art. 101 del Código de Trabajo), y que incumplir una obligación del artículo 46 solo la justifica si la falta es grave, al punto de poner en riesgo su salud.