Santo Domingo. – El presidente Luis Abinader declaró de alto interés estratégico nacional la modernización y el fortalecimiento de la infraestructura digital del Estado dominicano, mediante el Decreto 714-26, que también establece mecanismos para coordinar y supervisar las inversiones tecnológicas de las instituciones públicas.

La disposición, firmada el 9 de octubre de 2026, busca mejorar la calidad de los servicios públicos, reforzar la ciberseguridad, proteger los datos bajo responsabilidad del Estado y evitar que distintas instituciones realicen inversiones tecnológicas duplicadas.

El decreto establece que el Ministerio de Administración Pública (MAP) será responsable de coordinar las acciones relacionadas con estas inversiones, con el apoyo técnico de la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) y la participación de otras entidades estatales.

Entre las principales disposiciones figuran:

  • Supervisión: seguimiento a las inversiones digitales estratégicas de las instituciones públicas.
  • Seguridad: protección de datos, reducción de gastos duplicados y mejora de los servicios digitales.
Mano sostiene tableta con gráficos y ciudad digital, en alusión a la modernización tecnológica del Estado dominicano.
El Gobierno dominicano busca modernizar su infraestructura digital, fortalecer la ciberseguridad y mejorar los servicios públicos mediante el Decreto 714-26.

Crean comisión para supervisar inversiones tecnológicas

Como parte de las medidas, el Gobierno dispuso la creación de la Comisión de Seguimiento de Inversiones Digitales Estratégicas, encargada de evaluar proyectos tecnológicos, identificar necesidades comunes y recomendar medidas para mejorar el uso de los recursos públicos.

Esta comisión estará coordinada por el Ministerio de Administración Pública e integrada por representantes del Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Hacienda y Economía, la OGTIC y el Centro Nacional de Ciberseguridad, además de otras instituciones que puedan ser incorporadas según los proyectos evaluados.

Entre sus responsabilidades estará determinar si existen plataformas o sistemas que puedan utilizarse en varias instituciones antes de recomendar nuevas inversiones, con el propósito de evitar gastos innecesarios y reducir la dependencia de proveedores tecnológicos.

También deberá mantener un registro de los proyectos evaluados y presentar informes periódicos sobre sus avances, resultados y posibles riesgos.

El documento establece que las disposiciones serán aplicables a los ministerios, direcciones generales y demás dependencias del Poder Ejecutivo que desarrollen proyectos tecnológicos estratégicos o de alto impacto.

Las entidades descentralizadas y autónomas podrán acogerse a estos mecanismos conforme a sus respectivos marcos legales, mientras que las adquisiciones tecnológicas ordinarias de bajo impacto quedan fuera del alcance del decreto.

Compras tecnológicas deberán cumplir las normas de contratación pública

El Decreto 714-26 también establece que todas las adquisiciones de bienes, plataformas, servicios y soluciones digitales deberán cumplir con la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas, así como con las demás disposiciones legales correspondientes.

La nueva comisión tendrá funciones de evaluación, coordinación y seguimiento, pero no sustituirá las responsabilidades de las instituciones contratantes ni de los organismos de control y fiscalización.

Asimismo, las instituciones deberán suministrar información sobre sus inversiones tecnológicas para facilitar la supervisión y la rendición de cuentas.

El Ministerio de Administración Pública llevará un registro que incluirá los proyectos, las instituciones participantes, su estado de ejecución, los principales riesgos y las medidas de seguimiento. La información será publicada conforme a las normas de transparencia, protección de datos y confidencialidad.

«La disposición también contempla criterios para evaluar inversiones relacionadas con inteligencia artificial, automatización, manejo de datos sensibles y servicios digitales esenciales».

De acuerdo con el artículo 15, el decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, por lo que su firma no implica necesariamente su entrada en vigor inmediata.

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