SANTO DOMINGO, R.D.- El jurista, politólogo y psicólogo, doctor Nicanor Rodríguez Tejada, elevó una petición formal respaldada por el artículo 22.4 de la Constitución, advirtiendo sobre los daños psicológicos irreversibles y la violación a la dignidad humana.

Se indica en la instancia la necesidad de impulsar esfuerzo por erradicar la instrumentalización de la miseria y proteger los derechos fundamentales de los sectores más desfavorecidos, fue depositada formalmente ante el Poder Ejecutivo una propuesta de Decreto para regular y prohibir el uso de la imagen de personas vulnerables en la entrega de asistencias sociales públicas y privadas, práctica conocida internacionalmente como “porno-pobreza”.

La solicitud, dirigida al presidente de la República, Luis Abinader Corona, vía la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, fue elevada por el Doctor Nicanor Rodríguez Tejada, abogado, politólogo, psicólogo y expresidente del Colegio Dominicano de Psicólogos (CODOPSI), haciendo uso de su derecho constitucional de petición conforme o dispone el artículo 22, inciso de la Art. 22.4).

El documento plantea la emisión de un «Protocolo y Reglamento Ético para la Protección de la Imagen y Dignidad de las Personas en Situación de Vulnerabilidad Social«, que aplique a instituciones estatales (como el Plan Social, Supérate y CONANI), organizaciones no gubernamentales (ONG) y creadores de contenido digital en plataformas sociales.

Fundamentos psicológicos y legales

Rodríguez Tejada explicó que exponer el rostro y la identidad de ciudadanos en extrema pobreza, ancianos o niños a cambio de alimentos o dádivas genera consecuencias psicológicas graves y a menudo irreversibles, tales como la indefensión aprendida, la estigmatización social, el acoso escolar (bullying) y la pérdida de la agencia personal.

«Quien padece hambre o necesidad extrema no se encuentra en condiciones libres para otorgar un consentimiento informado frente a una cámara. La caridad y la asistencia social no pueden cobrarse al precio de la vergüenza ni del honor de nuestra gente», enfatizó el especialista.

La propuesta se fundamenta en el Bloque de Constitucionalidad dominicano (Arts. 7, 8, 38 y 44 de la Constitución), así como en tratados internacionales de derechos humanos y el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), los cuales protegen de forma absoluta la dignidad humana, el honor y el derecho a la propia imagen.

Contexto internacional y debate nacional

El profesional destacó que el debate en el país ha cobrado fuerza tras ser abordado por líderes de opinión como la periodista Altagracia Salazar, y citó el reciente precedente internacional de Burkina Faso, cuyo gobierno prohibió formalmente la difusión de imágenes denigrantes de beneficiarios de ayuda humanitaria para preservar la soberanía moral de su pueblo.

«Si naciones con severas limitaciones socioeconómicas han tenido la entereza moral de prohibir la porno-pobreza, la República Dominicana, como referente de desarrollo e institucionalidad en el Caribe, debe liderar esta causa regulatoria», concluyó Rodríguez Tejada.

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