SANTO DOMINGO.– El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, aclaró este lunes que las modificaciones planteadas al artículo 141 del proyecto de Código Penal no alteran los plazos de prescripción para los delitos sexuales cometidos contra niños, niñas, adolescentes y personas vulnerables.

El legislador explicó que el único cambio propuesto consiste en eliminar la expresión “prisión mayor” del encabezado del artículo, ya que hace referencia a un régimen de penas que no corresponde con las disposiciones de prescripción. Subrayó que el párrafo que fija los plazos especiales permanece intacto.

De los Santos detalló que el proyecto mantiene una prescripción diferenciada:

  • Los delitos sexuales contra adultos prescriben a los 20 años desde la comisión del hecho.
  • Cuando las víctimas son menores o personas vulnerables, la acción penal prescribe a los 30 años, contados a partir de que la víctima alcanza la mayoría de edad.

El presidente del Senado atribuyó la confusión a que el proyecto solo incluye los aspectos que serán modificados, por lo que el párrafo que conserva el plazo especial no aparece en el documento al no estar sujeto a variación.

Finalmente, exhortó a la ciudadanía a leer los proyectos legislativos completos antes de emitir juicios, al considerar que muchas críticas surgen del desconocimiento del texto sometido a discusión.

Cierre con tensión: Ricardo de los Santos dejó claro que la protección de las víctimas más vulnerables sigue siendo un eje central del nuevo Código Penal, y que ningún cambio legislativo reducirá los plazos de persecución contra los agresores sexuales.

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