Cuando a mitad de la década del 2010 mi primo, el cantautor Giordano Morel, compuso un tema que decía: “La naturaleza ayer habló conmigo, me dijo que ella también tiene derechos”, parecía un sueño poético. Sin embargo, apenas una década después, esa canción se convirtió en un principio universal: la naturaleza como sujeto de derechos.

Los derechos de la naturaleza, de los cual Gio Morel, nos cantaba, sin saber que era el preludio de una revolución jurídica y de protección , pueden definirse como el reconocimiento jurídico de que los ecosistemas, especies y elementos naturales poseen un valor intrínseco y, por tanto, deben ser protegidos más allá de su utilidad para el ser humano, entonces aquel verso de una canción con la cual pensábamos transformar la sociedad, parecía un sueño poético, se transformó en un principio universal de que la naturaleza es sujeto de derecho y el medio ambiente ya no tiene un enfoque antropocéntrico, o sea que ya no es el hombre el beneficiario único,

A muchos aun cuesta asimilarlo. ¿Cómo puede un río tener derechos? ¿Qué significa que un cuervo puede tener protección constitucional ? Son preguntas que surgen a diario. Pero ahí está la realidad: el derecho se está transformando. Este cambio se refleja en la Constitución de Ecuador, que reconoció a la Pachamama como sujeto de derechos; en la Ley de la Madre Tierra de Bolivia y en la sentencia de la Corte Constitucional de Colombia, que otorgó personalidad jurídica al río Atrato; En la República Dominicana, la jurisprudencia constitucional declaró que el ecosistema de loma Miranda posee derechos que prevalecen incluso sobre derechos subjetivos públicos como el trabajo o el desarrollo económico.

Autores como el filósofo Holmes III han defendido que la naturaleza tiene un valor propio, independiente del hombre, pero este horizonte no se limita a la naturaleza como ecosistema. También se extiende a los seres sintientes, es decir, aquellos animales capaces de experimentar dolor, placer y emociones; al reconocerle sus derechos implica una mutación de simples objetos de propiedad, a o individuos con derechos y garantías propias que deben ser protegidos.

La incorporación de la naturaleza y de los seres sintientes como sujetos de derechos transforma la esencia del sistema jurídico, da un giro a la característica de los Derechos, pues ya no se trata solo de proteger al individuo frente al Estado, sino de ampliar la noción de dignidad más allá del ser humano

Lo que parecía un gesto romántico en la canción de Giordano Morel es hoy un mandato normativo frente a la crisis climática y la degradación ambiental. La naturaleza y los seres sintientes dejan de ser recursos y se convierten en sujetos con voz propia, cuya defensa es inseparable de la defensa de la humanidad.

El arte, como tantas veces en la historia, se adelantó. Aquella canción fue UNA VOZ temprana de lo que ahora se discute en universidades, tribunales y foros internacionales. La sensibilidad artística abrió camino a una transformación que, con el tiempo, se convirtió en un mandato normativo.

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