Santo Domingo. — El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró de oficio su incompetencia para conocer la solicitud de suspensión del proceso eleccionario de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM), tras determinar que el conflicto planteado no corresponde a asuntos de contenido político-electoral.

La decisión fue adoptada por el pleno de jueces integrado por su presidente, el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a Pedro Yermenos Forastieri, Fernando Fernández, Rafaelina Peralta y Lenis García. El tribunal determinó que la naturaleza jurídica de FEDODIM y sus procesos internos pertenecen al ámbito del derecho civil asociativo y no a la justicia electoral del Estado.

Mediante el Dispositivo de Ordenanza TSE/0007/2026, correspondiente al expediente núm. TSE-01-0016-2026 de fecha 12 de junio de 2026, la alta corte declinó formalmente el conocimiento y la resolución del caso a la jurisdicción ordinaria correspondiente.

En consecuencia, el TSE ordenó a su Secretaría General proceder con la remisión inmediata y bajo inventario de la totalidad de las piezas y documentos que integran el expediente por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia La Altagracia, tribunal que ahora resulta competente para dirimir la controversia de la entidad municipal.

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