SANTO DOMINGO.-Al acoger la solicitud del Ministerio Público, un tribunal condenó a 20 años de prisión a un hombre que le quitó la vida a su suegra y amenazó a su pareja embarazada, en un hecho ocurrido en el sector Enriquillo de Herrera, en Santo Domingo Oeste, el 1 de abril de 2025.

Endy Junior González fue procesado por provocar la muerte, a causa de un disparo en el tórax, a Teresa Sánchez Jiménez en la calle Primera del referido sector.

Los abogados Leoncio Nova y Nethalie Amstrong, del Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (Relevic), solicitaron al tribunal condenar al procesado al pago de una indemnización de RD$5.0 millones para los familiares de la víctima.

El Tercer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Oeste, integrado por los jueces Juan Pablo Ortiz (presidente), Ana Miledys Taveras y Odania Lapaix, solo impuso un monto de RD$1.0 millón.

La acusación, fundamentada en la investigación de la fiscal Anyelina Vicioso, indica que el ahora condenado se presentó armado a las 10:45 de la noche en la casa de su suegra, para buscar a su pareja que estaba en estado de embarazo.

Detalla que, tras presentarse al lugar, González le apuntó con el arma de fuego a su pareja mientras la amenazaba con dispararle si ella no abordaba el motor que él conducía.

Posteriormente, señala el expediente, el acusado le disparó a la suegra cuando ella intentó impedir que se llevara a su hija, dejándola tirada en la calle en estado agónico, y llevándose consigo a la mujer embarazada, tras advertirle “que si no se subía a la motocicleta la iba a matar igual que a su madre”.

También, indica, que el procesado salió a alta velocidad de la escena del crimen con la víctima sobreviviente, realizando varios recorridos por diferentes avenidas de la ciudad, dejando a la joven abandonada a las 4:00 de la madrugada en una estación de combustible de Santo Domingo Este.

Durante la audiencia, las fiscales litigantes Vilma Méndez y Matti Noboa, en representación del Ministerio Público, solicitaron al tribunal los 20 años de prisión al establecer que el procesado violó los artículos 295, 296, 297 y 302, en perjuicio de la fallecida, así como los artículos 2-295 y 304, párrafo II; 309-1 y 309-2, del Código Penal Dominicano, en perjuicio de la víctima sobreviviente.

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