
POR ROSA DE LA CRUZ YEB
En la entrega anterior, se presentó la ruta constitucional respecto a que los padres deben integrarse en la práctica del deporte recreativo o profesional de sus hijos menores de edad, resultando un compromiso social, con el artículo «La importancia de los padres en actividades de los hijos, desde la perspectiva constitucional».
En la presente entrega se pretende abordar parte del tópico anterior, centrado en las herramientas institucionales de que se dispone para orientar a los padres, desde la perspectiva particular del béisbol, considerando que es deporte insignia de reconocimiento mundial de la República Dominicana.
Esta disciplina, que constituye una industria en sí misma y comprende un ecosistema de diversos actores, tiene como figura central —desde la óptica de quien recibe el entrenamiento— al jugador y su familia. Para ellos resulta esencial contar con un espacio donde puedan recibir asistencia y orientación sobre los derechos que les asisten y los deberes que deben cumplir.
Desde la otra cara de la moneda se encuentra el entrenador, figura representativa y pilar esencial para desarrollar de manera sana el talento del jugador. Su rol amerita un lugar destacado por el esfuerzo y la dedicación que aporta al proceso formativo.
Actualmente, el Estado dominicano cuenta con una estructura institucional creada mediante el Decreto 691‑23: la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol «DCNB» (antigua Oficina del Comisionado Nacional de Béisbol). Su misión, conforme al artículo 3, es «velar por el buen funcionamiento y supervisar la práctica del béisbol profesional y aficionado en la República Dominicana».
Con esta unidad institucional, la ciudadanía dispone así de un cuerpo técnico especializado en asuntos de béisbol, cuyas funciones incluyen brindar orientación sobre derechos y deberes a padres, jugadores, entrenadores y demás actores de esta industria, quedando los asuntos propios de investigación o acciones penales a los organismos correspondientes, como es el Ministerio Público.
Este servicio gratuito, centrado en orientar, adquiere mayor relevancia con la entrada en vigencia, en agosto de 2026, del nuevo Código Penal dominicano, aprobado mediante la Ley 74-25, contribuyendo a identificar si se está ante un caso de daño por dopaje.
En lo que respecta a la normativa penal, este nuevo código incorpora una regulación más rigurosa sobre el daño por dopaje, dejando atrás el régimen anterior que lo consideraba una contravención y elevando su sanción al tipificarlo como delito. El artículo 105 del citado Código Penal establece penas que van de dos a tres años de prisión, las cuales pueden agravarse hasta cinco o incluso diez años, según la gravedad de los hechos y las circunstancias concurrentes.
El legislador establece que el daño por dopaje incluye a la persona que prescriba, proporcione, dispense, suministre, administre, ofrezca o facilite sustancias prohibidas, así como métodos o tratamientos no reglamentados destinados a aumentar las capacidades físicas. Queda pasible de condena toda persona vinculada al ciclo de provisión de sustancias cuyo fin sea aumentar las capacidades físicas del jugador para mejorar su desempeño en el juego.
Ese aspecto del dopaje no es un secreto para los lectores, pues en la República Dominicana se conocen casos de personas cercanas o lejanas que han sido víctimas de sustancias nocivas para aumentar capacidades técnicas, y puede que muchos de esos casos no lleguen a los tribunales.
Sin embargo, ante el endurecimiento de las penas, cabe preguntarse si será necesario crear más unidades institucionales o adecuarlas para orientar a la población. Podría considerarse, por ejemplo, una procuraduría especializada en asuntos deportivos dentro del Ministerio Público; la inclusión de enfoques preventivos en el currículo educativa; la incorporación del tema en las campañas del Consejo Nacional de Drogas; o incluso la creación de una política pública que armonice las líneas de acción y las unidades institucionales responsables de cubrir todas las fases del proceso de prevención y sanción.
Mientras estas iniciativas toman forma, la ciudadanía cuenta hoy con la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, ubicada en el Estadio Quisqueya Juan Marichal, en el Distrito Nacional.
La entrada Orientación institucional para familias y entrenadores frente al endurecimiento de penas por dopaje se publicó primero en El Nuevo Diario (República Dominicana).






