Santo Domingo.- La Dirección General de Migración (DGM) dijo este miércoles que ha emitido una resolución que indica, entre otros puntos, que para la renovación de los permisos de trabajo temporales para extranjeros se debe obtener un contrato laboral a través del Ministerio de Trabajo y que los empleadores informarán a Migración cuando finalice el contrato para «coordinar» la salida del país del trabajador.

La Dirección de Migración agregó en una nota, que la decisión forma parte de un proceso de revisión interna realizado para asegurar la correcta aplicación de la normativa vigente, fortalecer la transparencia de los procesos y brindar mayor seguridad jurídica, tanto a empleadores como a trabajadores extranjeros.

De acuerdo con la DGM, la resolución busca corregir solicitudes de permiso formuladas para trabajadores temporeros. Además, establece que toda solicitud deberá contar con un contrato de trabajo registrado en el Ministerio de Trabajo y no con sustentos laborales amparados en declaraciones juradas, que no están contempladas en la Ley de Migración 85-04 y su reglamento de aplicación 631-11.

Asimismo, aquél extranjero que acceda a un contrato de trabajo temporal que implique labores formales, no podrá dedicarse al mototaxi, venta ambulante, taxista ni a la mensajería, entre otras actividades.

La resolución advirtió a los empleadores de portadores de los permisos de trabajo temporales (TT-1), que no están amparados con un contrato de trabajo de la empresa contratante, que son pasibles de multas por no cumplir con el debido proceso para sus contrataciones.

El proceso de renovación deberá realizarse a través de la plataforma institucional, acompañado de la documentación que sustente la continuidad del vínculo laboral.

Entre estos documentos, se incluye una carta del empleador con el contrato de trabajo anexo, en la que se justifique la solicitud de renovación y se garantice la permanencia del trabajador durante el período autorizado, así como una certificación de su inscripción en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

Asimismo, deberá establecerse de manera expresa que el empleador es responsable de coordinar, junto a la autoridad migratoria, la repatriación del trabajador extranjero hacia su país de origen una vez finalice el contrato, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

La DGM indicó que para la renovación será necesario presentar un pasaporte vigente -con al menos 18 meses de validez- el carné de trabajador temporero, certificado médico, póliza de garantía migratoria, constancia de inscripción en la TSS y una dirección dentro de la zona autorizada para su desempeño laboral.

La institución precisó que no serán admitidas declaraciones juradas como sustituto del contrato de trabajo, reiterando que este debe ser formal y acorde al tipo de permiso otorgado. Igualmente, cada solicitud de renovación deberá estar respaldada por un nuevo contrato que confirme la continuidad de la actividad laboral.

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