EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – La especialista en derecho laboral Yulibelys Wandelpool afirmó este lunes que aquellos trabajadores que tuvieron la obligación de laborar durante un día declarado no laborable deben recibir el pago doble correspondiente, conforme a lo establecido por la normativa laboral vigente.

Wandelpool explicó que el Poder Ejecutivo tiene la facultad de declarar días no laborables, atribución que le confiere la Constitución de la República.

La abogada se expresó en esos términos al ser entrevistada por los comunicadores Pablo Román y Julio González en el programa “El Nuevo Diario de la Noche”, transmitido por la plataforma digital El Nuevo Diario TV.

(Ver programa).

En ese sentido, la experta señaló que esta disposición no constituye una suspensión del contrato de trabajo, por lo que no se rige por las disposiciones del artículo 51 del Código de Trabajo.

“La declaratoria de un día no laborable es una medida administrativa emanada del Poder Ejecutivo, representado en este caso por el Ministerio de Trabajo, órgano rector en materia laboral privada, al cual el presidente le otorga la facultad de emitir dichas resoluciones”, precisó la jurista.

Asimismo, Wandelpool aclaró que las empresas que, por la naturaleza de sus servicios, estaban obligadas a mantenerse operando, tales como centros de salud, establecimientos de abastecimiento y otros servicios esenciales, debieron garantizar la continuidad de sus operaciones, pero también cumplir con el pago doble a sus empleados que trabajaron en ese día.

“Aquellas empresas que por su naturaleza comprendida en la resolución tenían la obligación de mantenerse abierta a fin de garantizar el sustento, el abastecimiento, las clínicas y otros de primera necesidad”, insistió.


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