Home / Nacionales / Sisalril dispone aumento en cobertura por accidentes de tránsito  – El Nuevo Diario (República Dominicana)

Sisalril dispone aumento en cobertura por accidentes de tránsito  – El Nuevo Diario (República Dominicana)

Fachada Sisalril. (Foto: fuente externa)

Analizando noticia… por favor espera.

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO, R.D.– La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) ha anunciado un aumento en la cobertura para atenciones médicas por accidentes de tránsito dentro del Seguro Familiar de Salud, efectivo desde el 1 de febrero de 2026. El nuevo límite de cobertura asciende a RD$1,393,380.00, proporcionando un mayor respaldo económico a los afiliados que sufran este tipo de percances.

De acuerdo con una nota de prensa, la disposición se produce tras el ajuste anual del Salario Mínimo Nacional (SMN) implementado por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

Adicionalmente, la Sisalril notificó a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) que el nuevo salario de referencia para el tope de cotización en el Régimen Contributivo se fija en RD$23,223.00. Este valor servirá como base para calcular los aportes al Seguro Familiar de Salud, Riesgos Laborales y el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.

La circular de la Sisalril también establece el límite máximo de la cuota moderadora variable que los afiliados deberán asumir por servicios en el Plan Básico de Salud, garantizando que los cobros a los usuarios se mantengan dentro de los límites legales establecidos por la Ley 87-01.

Asimismo, se actualizó el Capital Mínimo requerido para que las ARS operen en el sistema, fijándo en RD$92,892,000.00, equivalente a 4,000 salarios mínimos.

En el documento, dirigido a las ARS, al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril), la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), la institución instruyó a las ARS cuyo capital sea inferior al monto mínimo establecido a realizar el incremento correspondiente, dentro de un plazo de tres meses, contado a partir del 1 de febrero de 2026.


Deje un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *