Santo Domingo. – Las autoridades arrestaron este martes, cuando ingresó al país por el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA), a una dominicana imputada de supuestamente ultrajar el himno nacional.

El arresto de Alicia Anabel Santos Díaz, de 54 años, se produjo amparado en una orden judicial emitida por la jueza Fátima Veloz, del Décimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, adscrito a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, el 7 de agosto pasado, informó el Ministerio Público en una nota.

La orden de arresto contra Santos Díaz, residente en Estados Unidos, siguió a una investigación por la comisión de supuestos hechos delictivos establecidos y sancionados en los artículos 37 y 39 de la Ley 210-19 que regula el uso de los símbolos patrios de la República Dominicana.

La investigación incluye a Yoseli Castillo Fuertes, agregó la información, que no ofrece detalles sobre la condición de esta última.

Ambas imputadas, de acuerdo a la acusación, organizaron la puesta en circulación del texto titulado «Pájaros, lesbianas y queers ¡A volar!», un evento en el cual invitaron al público presente a ponerse de pie y a cantar lo que denominaron el ‘himno nacional’ con su misma música, pero con la alteración de sus letras.

Durante el acto, que organizaron y realizaron en uno de los salones del Centro Cultural de España, en la capital, las dos imputadas incurrieron en un ultraje contra el himno nacional, símbolo sonoro de la patria consagrado en la Constitución dominicana, la cual establece que es único e invariable, enfatizó el órgano judicial.

Además de contactar las evidencias del hecho difundidas en las redes sociales, el Ministerio Público recibió denuncias formales de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias (CPEP), el Instituto Duartiano y otras organizaciones que reclaman la aplicación de las sanciones establecidas en el marco jurídico dominicano.

La orden de arresto establece «que, si bien la libertad es la condición natural del ser humano y constituye después de la vida el bien jurídico más preciado, conforme a nuestra Constitución, también es cierto que la misma dispone que cuando el orden público y las buenas costumbres se vean afectados por cualquier hecho de un ciudadano, ésta podrá ser reducida a prisión mediante orden motivada por una autoridad judicial competente, como lo es el Juez de la Instrucción».

También, que la jueza emitía la orden de arresto en virtud de la condición de residentes en el extranjero de las investigadas, razón por la que «pueden sustraerse del proceso por su condición transitoria en el país».

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